"Ninguno de los preceptos sancionadores
de la Ley contiene parte que prive a nadie de ese derecho fundamental.
La presunción de inocencia significa que
admite prueba en contrario, es decir que nadie puede ser condenado sin prueba
que acredite la comisión de un delito. Pero esto se refiere al juicio y a la
sentencia, no a la investigación, sin la cual no podría haber prueba ni en contra
ni a favor.
Precisamente por la presunción de
inocencia, (y no por denuncias falsas) es lo que hace que este tipo de delitos
cometidos generalmente en la intimidad,
hay una importante cantidad de sentencias absolutorias.
También la denuncia falsa es un delito
al que hay que aplicarle la presunción de inocencia, presuponiendo una falsedad
aun cuando ni siquiera se ha iniciado un procedimiento penal."
SUSANA GISBERT GRIFO, fiscal especializada en violencia de género.
"Ninguno de los preceptos sancionadores
de la Ley contiene parte que prive a nadie de ese derecho fundamental.
La presunción de inocencia significa que
admite prueba en contrario, es decir que nadie puede ser condenado sin prueba
que acredite la comisión de un delito. Pero esto se refiere al juicio y a la
sentencia, no a la investigación, sin la cual no podría haber prueba ni en contra
ni a favor.
Precisamente por la presunción de
inocencia, (y no por denuncias falsas) es lo que hace que este tipo de delitos
cometidos generalmente en la intimidad,
hay una importante cantidad de sentencias absolutorias.
También la denuncia falsa es un delito
al que hay que aplicarle la presunción de inocencia, presuponiendo una falsedad
aun cuando ni siquiera se ha iniciado un procedimiento penal."